El reconocimiento voluntario de paternidad en España es un derecho establecido por el bien, no sólo del progenitor, sino de los hijos biológicos. Primero destaca la paternidad, que es la relación existente entre el progenitor masculino y sus hijos biológicos, que constituye una serie de derechos y obligaciones esenciales.
En segundo lugar, la filiación. Que es la relación jurídica que existe entre madre, padre e hijos, resultando de esta forma la relación paterno-filial. Y en tercer lugar, la relación paterno-filial como vínculo jurídico, que establece un vínculo legal dentro de la familia.
Reconocimiento de la paternidad en España
El reconocimiento de paternidad es el trámite que se realiza a través de una declaración jurada en el Registro Civil durante la unión matrimonial o nacimiento. Del mismo modo, se puede hacer en un acta extendida, así como en un testamento o mediante escritura pública.
Requisitos para hacer el reconocimiento de paternidad
El reconocimiento de paternidad en España se lleva a cabo en el Registro Civil y requiere la siguiente documentación:
- Acta de nacimiento de los padres
- Acta de nacimiento del menor
- Acta de nacimiento de la persona que lo va a reconocer
- Dos testigos mayores de edad
- Identificación con fotografía de padres, testigos y reconocedor.
En el caso de requerir un reconocimiento de paternidad después de varios años, es necesario hacer un análisis exhaustivo para determinar si hay una filiación previa. Esto para confirmar si el reconocimiento es inviable o no, pudiendo requerir otros trámites en función del caso.
Procedimiento de reclamación de paternidad
La reclamación de paternidad aplica, entre otras cosas, cuando el padre no quiere reconocer su responsabilidad voluntariamente, siendo necesario una demanda de paternidad. Dicha demanda determina al presunto padre, y si el demandante reconoce la paternidad, el juez dictará sentencia inmediata.
En caso de rechazar la demanda, el juez puede:
- Citar a las partes para que presenten las pruebas correspondientes. Entre las pruebas a solicitar puede solicitarse la realización de un examen de ADN. El resultado determinará si se confiere o no la demanda.
- Cuando se obtienen los resultados, el juez emite una resolución, por lo cual cita a una audiencia de juicio para dar a conocer los resultados del examen y posteriormente, a dictar sentencia.
- Si el supuesto padre se niega a practicar el examen, se toma como presunción grave de paternidad, presumiendo de esta forma la paternidad y solicitando la emisión de un dictamen.
- Emitida la sentencia de paternidad, debe suscribirse al margen de la inscripción del nacimiento del hijo.
- El procedimiento de reclamación de paternidad en España dura el tiempo que tardan en conocerse los resultados de la prueba de ADN. Esto puede ser, cabe destacar, entre cuatro y seis meses.
Además, merece la pena destacar que el proceso ya mencionado responde a la forma estándar o general en la que proceden este tipo de casos. Por tanto, puede haber particularidades a considerar que requieran un proceso ligeramente distinto.En Legado Abogados somos expertos en Derecho Familiar. Contáctanos para más información sobre nuestros servicios, responderemos a la mayor brevedad posible.