Antes de profundizar en el tema del divorcio, es importante recordar la Ley 15/2005, del 8 de julio, la cual modifica el Código Civil y a la Ley de Enjuiciamiento Civil con respecto a la separación y el divorcio en España.
En dicha ley se establece que para lograr el divorcio, no es necesario alegar una causa. De hecho, el único requisito que se exige para solicitar la ruptura del matrimonio, es que hayan transcurrido al menos tres meses desde la unión conyugal.
A su vez, como existen detalles al respecto que varían de acuerdo a la realidad pertinente, es importante establecer un marco de actuación pertinente para garantizar el bien de los involucrados.
A continuación, con el fin explicar la manera en que regulan cuestiones tan delicadas como la custodia de los hijos, la vivienda familiar y el establecimiento de las pensiones alimentarias, hoy hablaremos de las 8 cosas que debes conocer del divorcio.
La separación ya no es un requisito previo al divorcio
Desde la reforma del 15/2005, la separación dejó de ser un requisito previo al proceso de divorcio. Tras estos cambios resulta una necesidad explicar las diferencias entre ambos conceptos, dejando en claro los aspectos legales pertinentes.
Si bien el divorcio y la separación pueden ser de mutuo acuerdo o de carácter contencioso, existen similitudes y diferencias claras entre uno y otro. Mientras que el primero pone fin al vínculo matrimonial civil de manera inmediata, el segundo supone la suspensión del matrimonio sin tener que llegar a la disolución legal del mismo.
Otros aspectos establecen relación entre los bienes económicos de los cónyuges, además de las medidas legales que existen para proteger a los hijos. Dicho esto, conviene saber que:
- En ambos casos se produce el cese de convivencia y se aplica la revocación de poderes y consentimientos que los cónyuges se otorgan entre sí.
- Al disolverse el régimen económico matrimonial, se procede a la liquidación de bienes para su pronta repartición, y dicha repartición de bienes dependerá del acuerdo económico referente al matrimonio.
- Se aplicarán medidas legales para garantizar el bienestar de los hijos, de manera que será necesario establecer las condiciones pertinentes a la custodia, el régimen de visitas y la pensión alimentaria.
En este punto hay que tomar en cuenta que, aunque las similitudes entre divorcio y separación son muchas, el divorcio en sí mismo ya no depende de la separación de cuerpos para que los cónyuges puedan proceder a su solicitud.
Existen diferentes tipos de divorcio: De mutuo acuerdo o contencioso
Antes de iniciar el proceso de divorcio, es necesario tomar en cuenta la tipología del mismo:
¿Cómo es el Divorcio de mutuo acuerdo?
Siendo el procedimiento más rápido y económico para la disolución del matrimonio, la ley actual permite a las parejas presentar una demanda de divorcio de mutuo acuerdo una vez transcurran tres meses desde la celebración del matrimonio.
¿Qué es el Divorcio contencioso?
Se lleva a cabo sin el acuerdo de los cónyuges y dado a su naturaleza, tiende a ser un proceso mucho más lento, costoso y tenso en comparación con el anterior.
En comparación, el divorcio de mutuo acuerdo presenta muchas ventajas con respecto al de contención. Y este sentido, podemos resumir dichas ventajas de la siguiente manera:
- El procedimiento optimiza el tiempo y conlleva al ahorro económico.
- Las medidas ejecutadas por el convenio regulador son más fáciles de llevar a cabo.
- A nivel psicológico resulta un beneficio para los hijos tanto mayores, como menores de edad.
Las parejas pueden elegir el tipo de proceso a seguir
Al existir diferentes procedimientos para cada tipo de divorcio, las parejas pueden decidir cuál elegir. Hecho esto, será necesario contactar con un abogado especialista en divorcios.
- Mutuo acuerdo: En caso de optar por el divorcio de mutuo acuerdo, el abogado redactará un convenio regulador para respetar y puntualizar las directrices competentes. En base a dicho acuerdo se procederá a la aprobación del convenio con el fin de iniciar un nuevo proceso conocido como divorcio express.
A raíz del divorcio express se presentan el procedimiento judicial y extrajudicial como parte de esta nueva etapa de litigio. En ambos casos tanto la demanda de divorcio como el convenio regulador se presentarán ante un juzgado competente para analizar la situación con los hijos y vigilar si el acuerdo podría perjudicar a los implicados de alguna manera.
Si no existen hijos menores no emancipados, el Letrado de la Administración de Justicia será quien se encargue de aprobar el convenio como parte de un proceso judicial competente.
En un proceso extrajudicial, mientras tanto, los cónyuges podrán acudir a un notario para tramitar el divorcio y presentar el convenio regulador en la notaría correspondiente.
- Divorcio contencioso: A falta de un acuerdo por parte de los cónyuges habrá que iniciar el procedimiento judicial de divorcio contencioso. El cónyuge interesado debe presentar la demanda y ante la naturaleza de las circunstancias, no se presentará convenio regulador.
En la demanda contenciosa se deben precisar las medidas que se tomarán una vez se legalice la ruptura matrimonial. Por otro lado, el otro cónyuge deberá contestar la demanda en un plazo de 20 días.
En este punto será necesaria la asesoría de un abogado y un procurador. En la contestación se manifestará la conformidad de lo solicitado y se incluirán las medidas a respetar.
Al contestar la demanda, los cónyuges deberán asistir a un juicio oral para presentar las pruebas correspondientes. El juez revisará las medidas, se pautará una fecha para celebrar el juicio y acto seguido, el juez dictará sentencia sobre la demanda de divorcio.
¿Qué coste tiene un Divorcio en España?
El coste de un divorcio en España varía en función del tipo. De esta manera, al no existir dos procesos iguales. En ocasiones se confunde el divorcio con la liquidación de gananciales, es decir, el divorcio en si mismo tiene un coste entre 600€ y 2.500€
Tomemos en cuenta la situación regular con los hijos, los bienes compartidos y la liquidación del régimen ganancial. Como dichos aspectos son determinantes en la gestión de trámites, el precio también varía en función de la documentación pertinente.
- Mutuo acuerdo: Un abogado puede llegar a cobrar entre 600 a 1.500€ de media. Sin embargo, para otorgar poder al procurador, el precio sube de 100 a 200€ aproximadamente. Y en el caso de otorgar poder también a una notaría, habría que sumar al menos unos 50€ como mínimo. Por consiguiente, un divorcio de acuerdo mutuo puede costar entre 850 y 1.650€ mínimo.
- Contencioso: Al ser un proceso más complicado, los abogados suelen fijar el precio entre 1.200 y 1.800€. El precio del procurador también aumenta y se fija entre los 200 y 400€. El total final oscilaría entre los 1.400 y 2.200€, aunque el costo podría aumentar significativamente si los cónyuges tienen empresas en común y bienes mancomunados de gran valor.
¿Cuándo acudir a un mediador familiar en un divorcio?
En caso de conflictos y desacuerdos, los cónyuges pueden acudir a un mediador familiar de forma voluntaria. La mediación familiar es un método de solución que se presenta para llegar a un acuerdo general sobre los términos del divorcio, sin tener que recurrir a un juez directamente.
La mediación familiar es un proceso voluntario y cooperativo que a su vez resguarda la confidencialidad de los cónyuges. Durante este proceso un profesional imparcial se encargará de facilitar la comunicación entre las partes involucradas y propondrá distintas soluciones a favor de los afectados.
Una vez la mediación llega a un buen término, el mediador se encargará de redactar un acuerdo de mediación. En este acuerdo se plasma los pactos relacionados con la guarda y custodia, la pensión de alimentos, la pensión compensatoria, el reparto de bienes, entre otros.
Para oficializar el acuerdo, los cónyuges deberán acudir a un abogado especialista en divorcios. Hecho esto, el abogado procederá a convertir el acuerdo de mediación en un convenio regulador para que el proceso de divorcio continúe con la mayor ética posible.
¿Cuál es el plazo en tiempo para un Divorcio en Madrid?
Los plazos siempre son orientativos, ya que dependen de dos factores esenciales:
- Celeridad del juez.
- Carga del trabajo del juzgado.
Por lo tanto, podemos concluir que el plazo correspondiente podría oscilar entre 2 meses (común acuerdo) y los 6 meses (contencioso). Demostrando una vez más que el tiempo de espera dependerá también del tipo de divorcio.
En todos los casos posible, se establecerán acuerdos relacionados con la protección de los hijos
Si hay hijos de por medio, estos tienden a ser víctimas colaterales dentro de todo proceso de divorcio. En este punto, la justicia tiene un papel crucial en la defensa y protección de los menores. Razón por la cual los cónyuges se ven en la necesidad de establecer:
- Tipo de guarda y custodia.
- Régimen de visitas.
- Pensión de alimentos.
- Cualquier otro aspecto relacionado con la protección, cuidado y atención de los menores.
En cuanto a la pensión de alimentos, esta puede ser proporcional a los ingresos o bien, puede existir un acuerdo entre ambas partes. Tampoco se precisa que la duración de los plazos sean idénticos, de manera que puede existir una custodia compartida que no establezca una mitad exacta.
Para proceder a la reducción de la pensión de alimentos, se debe acreditar la pérdida real patrimonial
Durante el proceso de divorcio se puede apelar por una modificación de medidas. Dicha modificación permite la reducción de la pensión de alimentos y por lo tanto, es posible recurrir a ella en caso de situaciones circunstanciales que estén fuera de nuestro control.
Para ello, el cónyuge afectado debe acreditar la pérdida real patrimonial para que el caso en cuestión se evalúe a profundidad. La investigación se llevará a cabo para corroborar y demostrar que la situación en sí misma no fue provocada de manera voluntaria por el progenitor.
Dicha modificación de medidas será documentada ante un juzgado o tribunal y en caso de contrataciones laborales (siendo este el caso más común), basta con presentar una fe de vida laboral, un contrato de trabajo, una nómina mensual o la declaración de la renta como obligación de pago.
Aún sin la concientización de los padres, el juez puede imponer una custodia compartida
Los abogados especializados en divorcios recomiendan la negociación en todo proceso de divorcio. Recordemos que como la intención principal es velar por el bienestar de los hijos, los progenitores deben pensar en torno a ellos.
El divorcio trae a coalición el tema de la custodia. Si bien la custodia se otorga principalmente a quien tenga derecho al uso de la vivienda familiar, el acuerdo también puede ser mutuo y conveniente tanto para los progenitores como para los descendientes.
Tanto en la separación como en el divorcio los cónyuges tienen el deber de reflejar toda la información sobre acuerdos en el convenio regulador para su pronta revisión y aprobación por el juez encargado.
Este documento marca la pauta del cómo será la relación entre las partes involucradas una vez se confirme la ruptura. Además, en el convenio también se registra el reparto económico y las pensiones compensatorias como parte del acuerdo de divorcio.
En todo caso, si se opta por una ruptura contenciosa, se recomienda no llevar a los menores ante el juez. Y en el caso de que no exista un acuerdo entre las partes afectadas, un juez capacitado puede imponer una custodia compartida o individual dependiendo del caso.
La custodia compartida es la alternativa más recomendada siempre que esa fuera la situación de implicación previa al divorcio
Como bien hemos mencionado con anterioridad, la custodia compartida es la alternativa recomendada por la mayoría de los abogados especialistas en Derecho de Familia.
Este tipo de custodia permite a ambos progenitores mantener la guarda y custodia de los hijos para que el tiempo de calidad no se vea perjudicado por la ruptura del matrimonio.
Custodia compartida no implica falta de existencia de pensión, sin embargo, cuando existe una gran diferencia entre un ingreso y otro, se procede a fijar una pensión alimenticia para equilibrar gastos. Durante este proceso, el juez se encargará de analizar los informes psicológicos para finalmente decretar el tipo de custodia.
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